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DECRETO SUPREMO Nº 14035

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, como consecuencia de la Reunión Mundial del HABITAT la Conferencia de las NN.UU.-sobre los Asentamientos Humanos, realizada en Vancouver, Canadá entre el 31 de Mayo y 11 de Junio del año en curso, el Grupo de naciones Latinoamericanas, ha efectuado en la ciudad de México D.F. una reunión regional, sobre cooperación en materia de Asentamientos Humanos;

 

Que, en dicha Reunión Regional se reconoció que la cooperación regional y sub-regional constituyen un medio adecuado para encontrar solución a los problemas de los países en desarrollo;

 

Que, reconociendo los esfuerzos de la CEPAL (Cooperación Económica para la América Latina), así como el Sistema Económico Latinoamericano (SELA) para coordinar los esfuerzos en materia de cooperación económica internacional;

 

Que, existiendo la necesidad de crear las condiciones para el establecimiento de un “Comité Regional Intergubernamental” sobre los Asentamientos Humanos, donde este representado el país.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Nomínase al Arq. Hugo Inchausti Zambrana Director General de Vivienda y Coordinador Nacional de los Asentamientos Humanos dependiente del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, para representar al país en dicho Comité que será patrocinado por CEPAL (Cooperación Económica para la América Latina) organismo dependiente de las NN.UU.

 

El señor Ministro de Estado de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los DIEZ y NUEVE días del mes de octubre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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