TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

 

DECRETO SUPREMO Nº 14026

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Gobierno Nacional dentro de su plan de mejoramiento y ayuda social a la niñez, juventud desvalida y los ancianos, por intermedio de la Junta Nacional de Acción Social dependiente de la Presidencia de la República, está concretando la construcción de Asilos y Centros Multifuncionales en diferentes puntos del país, encontrándose dos de ellos en el Departamento de Cochabamba;

 

Que, la Honorable Alcaldia Municipal de la ciudad de Cochabamba, dentro de sus específicas atribuciones ha dictado la Resolución Municipal Nº 1470/76 de 24 de mayo 1976, adjudicando en favor de la Junta Nacional de Acción Social, dos lotes de terreno ubicados en la zona de “El Temporal” Cala Cala.

 

Que, el departamento de Catastro Urbano de dicha Honorable Alcaldía, ha señalado los terrenos respectivos, los mismos que se encuentran ubicados en la zona de “El Temporal” de Cala Cala, con una superficie de 50.000 m2. y de 4.874.50 m2., para la construcción de un Asilo de Ancianos y un Centro Multifuncional respectivamente.

 

Que, las obras a realizarse constituye al mismo tiempo una contribución del Gobierno Nacional en favor de sectores que requieren la directa ayuda estatal, se justifica la adjudicación de dichos terrenos para el fin señalado.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase en todas sus partes la Resolución Municipal Nº 1470/76 de 24 de mayo de 1976 epedida por la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de Cochabamba por la que se adjudica en favor de la Junta Nacional de Acción Social dos lotes de terreno con una superficie de 50.000 m2. y de 4.874.50 m2., ubicados en la zona de “El Temporal” Cala Cala, con destino a la construcción de un Asilo de Ancianos y un Centro Multifuncional de propiedad de la Junta Nacional de Acción Social.

 

Los señores Ministro de Estado en sus respectivos Despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y ocho días del mes de octubre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|