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DECRETO SUPREMO Nº 13995

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Instituto Superior de Administración Pública (ISAP) ha obtenido un apreciable incremento en sus recursos propios como consecuencia de una mayor venta de publicaciones, los mismos que al acusar superávit superan los montos originalmente previstos en el Presupuesto aprobado del Sector Público, por lo que se hace, necesario autorizar la elaboración de un Presupuesto Adicional con cargo a dichos recursos a fin de dar cumplimiento a obligaciones emergentes del incremento de las actividades realizadas por este Organismo.

 

Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministeriode Finanzas en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 28 del D.L. Nº 13384 de 20 de febrero de 1976, se pronuncia por la viabilidad del referido Presupuesto Adicional en razón de la urgente necesidad que tiene el Servicio para adquirir maquinaria y equipo y proceder a la ampliación del edificio donde tienen instaladas sus oficinas.

 

Que, coresponde al Poder Ejecutivo dictar la pertinente norma legal, incluyendo la relación de ingresos y egresos elaborada por el Ministerio de Finanzas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Instituto Superior de Administración Pública con cargo a recursos propios, por la suma de CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.-- 418.000.-), para su vigencia en la presente gestión y de acuerdo al siguiente detalle:

 

CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01 : “CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO”

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Presupuesto

Código F u e n t e Adicional

1 9 7 6

 

 

I NACIONALES 418.000.-

2.- Recursos Propios 418.000.-

T o t a l : 418.000.-

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO :

 

 

 

Presupuesto

Código D e s c r i p c i ó n Adicional

1 9 7 6

 

 

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 418.000.-

410 INMOBILIARIOS 118.000.-

414.2 Reforma de Edificios 118.000.-

 

430 MAQUINARIA Y EQUIPO 300.000.-

432.2 Maquinaria y Equipo de Producción 300.000.-

T o t a l : 418.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planificación y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos setenta y seis años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Alfonso Villalpando Armaza, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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