TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

 

DECRETO SUPREMO N° 21648

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el secretario General Permanente del Consejo Nacional de Seguridad es designado por el Presidente de la República y destinado en la respectiva Orden General de las Fuerzas Armadas, conforme señala el artículo 27 del reglamento del citado organismo, aprobado mediante Decreto Supremo No 16778 de 11 de julio de 1979.

 

Que el señor Gral. Div. Hermes Fellman Forteza en actual ejercicio ha merecido un nuevo destino militar.

 

Que en consecuencia és necesario designar al Secretario General Permanente para mantener la normalidad funcional y administrativa de la referida entidad.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnase Secretario General Permanente del Consejo Nacional de Seguridad al señor Gral. Div. Oscar Hinojosa Antezana, quien será posesionado en el Despacho Presidencial.

 

El señor Ministro de Defensa Nacional, queda encargado del cumplimiento y ejecución del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de julio de mil novecientos ochenta y siete años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier. Juan L. Cariaga Osorio, Gonzalo Sánchez de Lozada, Enrique Ipiña Melgar, Andrés Petrícevic, Fernando Moscoso Salmon, Alfredo Franco Guachalla, Carlos Pérez Guzman, Jaime Villalobos Sanjines, José Guillermo Justiniano Sándoval, Manuel Arellano Min. Energía a.i., Franklin Anaya Vasquez, Walter Humberto Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime, Zegada Hurtado, Ramiro Cabezas Masses.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|