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DECRETO SUPREMO N° 23923

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que es prioridad del Gobierno de la República de Bolivia desarrollar el sector de saneamiento básico, como un instrumento, para elevar los niveles de desarrollo social de la población nacional;

 

Que el Kreditanstalt fur Wiederaufbau de la República Federal de Alemania ha acordado conceder un préstamo de DM. 18.600.000,00 y un aporte financiero no reembolsable de DM. 400.000,00 a la República de Bolivia, destinados a la ejecución del proyecto "Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Trinidad";

 

Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo contrato de préstamo, aporte financiero y ejecución del proyecto, a objeto de concretar el financiamiento.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ministro de Hacienda, o indistintamente al Embajador boliviano en la República Federal de Alemania, suscribir en representación del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente contrato de préstamo, aporte financiero y ejecución del proyecto con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau de Alemania hasta por un monto de DIECINUEVE MILLONES DE MARCOS ALEMANES (DM. 19.000.000,00), destinado a financiar el proyecto “Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Trinidad”.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Ministerio de Hacienda traspasar el importe del préstamo y aporte financiero a la Cooperativa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Trinidad Limitada, COATRI, organismo ejecutor, mediante la suscripción del respectivo convenio subsidiario.

 

Los Ministros de Estado en los despachos de Hacienda y Desarrollo Humano quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo .

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro años.

 

FDO. GONZALO SANCHEZ. DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín INTERINO DE GOBIERNO, Raul Tovar Piérola, Carlos A. Miranda Gumucio MIN. SUPLENTE DE JUSTICIA, Gaby Candia de Mercado MIN. SUPLENTE DE HACIENDA, Alberto Bailey Gutiérrez MIN. SUPLENTE DE DESARROLLO HUMANO, Carlos Hugo Molina MIN. SUPLENTE DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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