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DECRETO LEY Nº 07146

GENERAL DE FUERZA AEREA

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que autoridades y población del cantón de Eucaliptos, de la Provincia Cercado del Departamento de Oruro, reiteradamente han solicitado al Supremo Gobierno la expropiación total del edificio y terreno de la Sub-Agencia del Banco Minero de Bolivia, en dicho Cantón, cerrada por inactividad durante muchos años, para el funcionamiento del Colegio Secundario Mixto “Eucaliptos” de dicha población;

 

Que de conformidad al Art. 17 de la Constitución Política del Estado en vigencia, procede la expropiación por causa de utilidad pública, previo pago de la indemnización justa;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON FUERZA DE LEY,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Con destino a local del Colegio Secundario Mixto “Eucaliptos” del Cantón Eucaliptos de la Provincia Cercado, del Departamento de Oruro, se declara de necesidad pública y utilidad social, la expropiación del inmueble de la Sub-Agencia del Banco Minero de Bolivia de dicho Cantón.

 

ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Departamento de Oruro, se encargará de la respectiva organización administrativa, para la expropiación anterior, de conformidad al D.S. de 4 de abril de 1879, y Ley de 30 de diciembre de 1884.

 

ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Educación y Cultura, abonará al Banco Minero de Bolivia, el monto de la indemnización, previo justiprecio.

 

ARTÍCULO 4.- Exonérese de impuestos fiscales, departamentales, municipales y otros, emergentes de la expropiación.

 

ARTÍCULO 5.- Se notifica al Banco Minero de Bolivia, para que en el término de diez días, de la fecha, exhiba el título de propiedad, ante la Prefectura del Departamento de Oruro.

 

Los señores Ministros de Estado, en las carteras de Minas y Petróleo, y Educación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tcnl. O. Quiroga T., Tcnl. C. Alcoreza M., Cnl. S. Montero V., Cnl. E. Méndez P., Tcnl. R. Bernal E., Cnl. C. Ardiles, Tcnl. Hugo Banzer Suárez, Marcelo Galindo de Ugarte.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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