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LEY N° 2540

LEY DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2003

 

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

ARTICULO UNICO.- (Transferencia a Título Gratuito).- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 7ª de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, transferir a título gratuito, en favor del Gobierno Municipal de San Ignacio de Velasco, el inmueble denominado “Granja Experimental Guapazal”, ubicado en la zona Sur del área urbana del Municipio y que cuenta con una superficie de 101 Has. y 3.237 m2, colindando al Norte con el Aeropuerto, al Sur con la Avenida Circunvalación, al Este con la Avenida Circunvalación – Aeropuerto, y al Oeste con el Barrio San Martín. Dicho inmueble será destinando en forma integra y exclusiva a constituirse en pulmón natural de la ciudad y como parque recreacional urbano y a obras de carácter educativo.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil tres años.

 

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Teodoro Valencia Espinoza.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de noviembre de dos mil tres años.

 

FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Donato Ayma Rojas, Roberto Barbery Anaya.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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