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DECRETO LEY Nº 07143

GENERAL DE FUERZA AEREA RENE

BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que en fecha 8 de agosto de 1963 Bolivia firmó el Tratado de Proscripción de Pruebas Nucleares en la Atmósfera, el Espacio Exterior y Submarinas hecho en Moscú en 5 de agosto de 1963;

Que el Tratado de Proscripción de Pruebas Nucleares en la Atmósfera, el Espacio Exterior y Submarinas, responde al interés nacional a los anhelos de todos los pueblos del mundo de preservar a la humanidad de los peligros del aniquilamiento y destrucción totales por el uso de armas nucleares;

 

Que el Gobierno de Bolivia, consecuente con sus principios de contribuir por todos los medios a su alcance al mantenimiento de la paz y la seguridad entre las naciones del mundo, tiene el más vivo deseo e interés en que el mencionado Tratado sea aprobado a la mayor brevedad posible por los órganos legislativos competentes de Bolivia.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Ratifícase, con cargo de aprobación legislativa, el Tratado de Proscripción de Pruebas Nucleares en la Atmósfera, el Espacio Exterior y Submarinas, hecho en Moscó en 5 de agosto de 1963 y firmado por Bolivia en Washington D.C. en 8 de agosto del mismo año.

 

El señor Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de la ejecución del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Cnl. Oscar Quiroga T., Cnl. Joaquín Zenteno A., Cnl. Hugo Banzer, Cnl. Sigfrido Montero, Tcnl. Samuel Gallardo, Cnl. Carlos Ardiles, Cnl. Carlos Alcoreza, Tcnl. René Bernal, Cnl. Jaime Berdecio, Cnl. Eduardo Méndez P., Marcelo Galindo de Ugarte.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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