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DECRETO SUPREMO N° 23696

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Kreditanstalt fur Wiederaufbau de la República Federal de Alemania ha concedido a la República de Bolivia un monto adicional en préstamo para el proyecto "Rehabilitación sistema agua potable Oruro" por la suma de dos millones de marcos alemanes (DM. 2.000.000.-);

 

Que ese financiamiento adicional, con el destino expresado, incrementará el monto del contrato del préstamo original de 18 de mayo de 1,989 con un monto de DM.2.000.000, totalizando la suma de DM. 9.500.000 para el mencionado proyecto;

 

Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo contrato de préstamo, a objeto de concretar el financiamiento.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico suscribir con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau de la República Federal de Alemania, en representación de la República de Bolivia, el correspondiente contrato de ampliación de préstamo por un monto hasta de DOS MILLONES DE MARCOS ALEMANES (DM.2.000.000.-), destinado a financiar el proyecto "Rehabilitación sistema agua potable Oruro".

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico traspasar a la Corporación de Desarrollo de Oruro CORDEOR, los recursos de préstamo mediante el respectivo convenio subsidiario de ejecución del proyecto que ambos firmarán con las formalidades de ley ante la Notaría de Gobierno y Hacienda, con intervención del Fiscal de Materia Administrativa.

 

El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda y Desarrollo Económico queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres años.

 

FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzain MIN. DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE GOBIERNO, Antonio Céspedes Toro, Carlos Morales Guillén, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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