DECRETO LEY Nº 07131
GENERAL DE FUERZA AEREA RENE
BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que por el Protocolo de 31 de marzo del año en curso, suscrito entre los Gobiernos de Bolivia y de la Republica Argentina, este último hizo entrega del camino Bermejo-Tarija a nuestro país;
Que el activo y pasivo de la extinguida Comisión Internacional de Conexión Vial Argentino-Boliviana, ha quedado en poder del Servicio Nacional de Caminos;
Que el Distrito del SENAC en Tarija cuenta con un edificio propio en el que viene funcionando normalmente;
Que el Batallón “Chorolque” 1 de Ingenieros, con base en la ciudad de Tarija, carece de un local apropiado para el desarrollo de sus programas de vialidad;
Que resulta innecesaria para el Servicio Nacional de Caminos contar con dos edificios en un mismo distrito, ya que uno solo es suficiente;
EN JUNTA MILITAR DE GOBIERNO,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional proceder a la adquisición del edificio construído por la Comisión Internacional de Conexión Vial Argentino-Boliviana y de propiedad actual del Servicio Nacional de Caminos, por el precio que figura en la escritura de adquisición del terreno más el costo de las edificaciones, maquinarias y útiles empotrados en el edificio de acuerdo a los asientos existes en la contabilidad de la extinguida Comisión Mixta Vial Argentino-Boliviana, debiendo suscribirse la correspondiente escritura pública de transferencia con la intervención de los Ministerios de Defensa Nacional, como adquiriente, Obras Publicas y Comunicaciones como vendedor, Relaciones Exteriores y demás autoridades de ley, a cuyo efecto se empozará el valor producto de la venta a orden del Servicio Nacional de Caminos con destino al mejoramiento y mantenimiento del camino Tarija-Bermejo.
ARTÍCULO 2.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional, Obras Públicas y Comunicaciones y Relaciones Exteriores, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de abril de mil novecientos sesenta y cinco años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tcnl. Joaquín Zenteno Anaya, Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Samuel Gallardo Lozada., Cnl. Rogelio Miranda Baldivia, Tcnl. Hugo Banzer Suárez, Tcnl. Oscar Quiroga Terán, Gral. Hugo Suárez G., Cnl. Jaime Berdecio Zilvetti, Cnl. Eduardo Méndez Pereyra, Cnl. José Carrasco Riveros, Marcelo Galindo de Ugarte.