TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

 

DECRETO SUPREMO Nº 23799

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el señor Presidente Constitucional de la República debe viajar el 11 de junio de 1,994 a Cartagena de Indias, República de Colombia, para concurrir a la IV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado de Gobierno para tratar aspectos de comercio y la integración iberoamericana y visitar después oficialmente Chicago, Estados Unidos de América, a objeto de sostener reuniones con sus principales autoridades políticas y administrativas, incluyendo empresarios potenciales inversores en proyectos de desarrollo del país, lo que le permitirá además asistir al partido inaugural del Campeonato Mundial de Futbol en la mencionada ciudad, todo en ejercicio de sus atribuciones y deberes como conductor de las relaciones exteriores de la nación que el artículo 96 numeral 3 de la Constitución Política del Estado le otorga;

 

Que el congreso Nacional ha autorizado al señor Presidente Constitucional de la República, en sesión extraordinaria de 8 de junio de 1,994, ausentarse temporalmente del territorio nacional y realizar los mencionados viajes, de conformidad con el artículo 95 de la Constitución Política;

 

Que corresponde al Vicepresidente de la República reemplazar al Presidente en casos de su ausencia temporal, según el artículo 93 de la Constitución Política.

 

EN CONSENSO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se encomienda el ejercicio de la Presidencia de la República al señor Vicepresidente de la nación, Lic. VICTOR HUGO CARDENAS CONDE, mientras dure la ausencia del señor Presidente Constitucional, Lic. Gonzalo Sánchez de Lozada.

 

Todos los señores Ministros de Estado quedan encargados en sus respectivos despachos del cumplimiento y ejecución del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio de mil novecientos noventa y cuatro años.

 

FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Mario Reyes Chávez MIN. SUPLENTE DE RR.EE. Y CULTO, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, Carlos Antonio Miranda MIN. SUPLENTE DE JUSTICIA, Carlos Miranda Pacheco MIN. SUPLENTE DE HACIENDA Y DESARROLLO ECONOMICO, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandóval, Marcelo Céspedes Gutiérrez MIN. SUPLENTE DE TRABAJO, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|