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DECRETO LEY Nº 07101

GENERAL DE FUERZA AEREA RENE

BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que dentro del Programa “ALIANZA PARA EL PROGRESO” suscrito entre los gobiernos de Bolivia y los Estados Unidos de Norte América, en fecha 16 de enero de 1961, se contempla, la ejecución de obras destinadas al Desarrollo Nacional;

 

Que a tal fin se ha firmado un Convenio a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (A.I.D.), bajo el título de “Préstamo AID No. 511-L-021”, suscrito en fecha 16 de septiembre de 1964, para la construcción (incluyendo diseño final y supervisión de ingeniería) de dos carreteras en Bolivia, por un valor de $us. 33.200.000 (TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS);

 

Que el Ministerio de Economía Nacional, es el organismo encargado para intervenir en dicho Convenio, por lo que se hace necesario dotarlo de la calidad legal a objeto de actuar en representación del Gobierno de Bolivia;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Economía Nacional, a actuar como representante del Gobierno de Bolivia en la ejecución del “Préstamo AID No. 511-L-021”.

 

ARTÍCULO 2.- Facúltase al Ministro de Economía Nacional para intervenir en todos los actos emergentes del Convenio.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y nueve días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tcnl. Joaquín Zenteno Anaya, Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Samuel Gallardo Lozada, Cnl. Jaime Berdecio Z., Tcnl. René Bernal, Tcnl. Hugo Banzer Suárez, Cnl. Rogelio Miranda Baldivia, Cnl. Sigfredo Montero, Dr. Marcelo Galindo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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