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DECRETO LEY Nº 07091

GENERAL DE FUERZA AEREA RENE

BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, para lograr una eficiente labor educacional en el país, es necesario contar con el mayor número posible de Escuelas e Institutos Profesionales, que posean locales propios.

 

Que, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos es propietaria de los terrenos que conforman la propiedad denominada “Quirpinchaca”, situada en la zona norte de la ciudad de Sucre, donde se halla instalada una Planta de Almacenaje, que no presta servicio útil a la entidad fiscal del petróleo.

 

Que, Radio Loyola tiene el propósito de instalar una escuela para enseñanza de la niñez carente de recursos económicos, con carácter gratuito, y a la vez fundar un instituto de tipo profesional, cobrando sumas módicas por los cursos a dictarse.

 

Que, es deber del Estado fomentar la cultura del pueblo y la educación como su más alta función, conforme lo determina el Art. 154 de la Constitución Política del Estado.

 

EN JUNTA MILITAR DE GOBIERNO,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos transferir los terrenos que conforman la propiedad denominada “Quirpinchaca”, situada en la ciudad de Sucre, en favor de Radio Loyola, a título gratuito, bajo las condiciones a señalarse en la escritura pública a suscribirse.

 

ARTÍCULO 2.- Dicha transferencia de derechos se efectuará bajo la condición de que ese bien inmueble sea utilizado como local de enseñanza gratuita en favor de los niños pobres.

 

ARTÍCULO 3.- Sin embargo de la condición señalada, se permitirá a Radio Loyola fundar un instituto de tipo profesional, por cuya enseñanza cobrará sumas módicas que estén al alcance de la juventud.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minas y Petróleo y de Educación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tcnl. Joaquín Zenteno Anaya, Tcnl. Samuel Gallardo Lozada, Tcnl. René Bernal, Tcnl. Hugo Banzer Suárez, Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Sigfredo Montero V., Dr. Marcelo Galindo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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