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DECRETO SUPREMO N° 19684

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el señor Presidente Constitucional de la República debe participar en los actos de conmemoración del bicentenario del nacimiento del Libertador Simón Bolivar, que se realizarán en la ciudad de Caracas, Venezuela del 22 al 25 de julio del año en curso.

 

Que la Comisión del Congreso, en fecha 7 de julio con cargo a ratificación del
H. Congreso Nacional, autorizó al señor Presidente Constitucional de la República, ausentarse del territorio nacional.

 

Que conforme al artículo 93 de la Constitución Política del Estado, corresponde al Vicepresidente reemplazar al Presidente en casos de ausencia temporal.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se encomienda el ejercicio de la Presidencia de la República, al señor Vicepresidente de la Nación, Lic. Jaime Paz Zamora, mientras dure la ausencia temporal del señor Presidente Constitucional de la República.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos ochenta y tres años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Marcial Tamayo, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martinez, Jorge Medina Pinedo, Marcelo Barrón Rondón, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Reynaldo Mercado Uribe, Jaime Ponce Garcia, Horacio Torres Guzmán, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña, Oscar Villa Urioste.


SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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