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DECRETO SUPREMO Nº 19636

DECRETO SUPREMO Nº 19636

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que los señores Luis Velasquez A., Marcelo Velasquez Martínez, Aida M. de Paz, Julia Martínez de Gandarillas, Ana María V. de Otazo, Luis F. Velasquez M. y María Elen a v. de Velasco han donado a la honorable Alcaldía Municipal de Tarija, un lote de terreno con la superficie aproximada de una hectárea o sea diez mil metros cuadrados, en su ex - fundo “El Rosario” sobre la banda del río Guadalquivir, zona Tabladita de la ciudad de Tarija expresamente destinado a la construcción de viviendas para trabajadores municipales, dentro del contexto de la reforma urbana instituida mediante D.L. 3819 de 27 de agosto de 1954, elevado a ley por la de 29 de octubre de 1956, y según escritura pública número 296-74 otorgada ante el Notario Público de Tarija, Humberto Maldonado Encinas, en 8 de octubre de 1974.

 

Que la H. Alcaldía Municipal de Tarija en cumplimiento de tal contrato de donación y disposiciones legales pertinentes, ha loteado los terrenos donados y distribuídos a sus trabajadores, mediante resolución municipal número 2-83 de 14 de enero de 1983, cuya aprobación solicita.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la distribución de los mencionados terrenos donados efectuada por la H. Alcaldía Municipal de Tarija, entre sus trabajadores, mediante resolución municipal No. 2-83 de 14 de enero de 1983.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y Urbanismo y Vivienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de julio de mil novecientos ochenta y tres años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Marcial Tamayo, Mario Roncal Antezana, José Ortíz Mercado, Arturo Núñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martínez, Marcelo Barron Rondon, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Reynaldo Mercado Uribe, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Horacio Torres Guzmán, Oscar Villa Urioste, Mario Rueda Peña.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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