TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO 19609

DECRETO SUPREMO N° 19612

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Empresa Nacional de Televisión, solicita un Presupuesto Adicional para realizar el mantenimiento y reparación de sus equipos a color de la planta transmisora de El Alto.

Que dicho Presupuesto Adicional, se debe a que desde que empezaron a funcionar esos equipos a fines de 1980, no se les dio la atención necesaria ni el mantenimiento respectivo, amenazado a la fecha con causar una paralización e interrupción a las emisiones de Televisión Boliviana.

 

Que siendo de interés colectivo el de mantener en forma ininterrumpida el funcionamiento de la Televisión Estatal, es imprescindible regularizar su ejecución presupuestaria.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase un Presupuesto Complementario de PESOS BOLIVIANOS UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL ($b. 1.941.000) en favor de la Empresa Nacional de Televisión con destino a la reparación y mantenimiento de sus equipos AMPEX a color, para el Capitulo I Funcionamiento, Programa 03 Servicios Técnicos para la Gestión Fiscal de 1982, con cargo a recursos del Tesoro Nacional y de acuerdo al siguiente detalle:

 

CAPITULO 1 : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 03 : SERVICIOS TECNICOS

RECURSOS : TESORO NACIONAL

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

______________________________________________________________________

Presupuesto

C ó d i g o F u e n t e Complementario

1982

______________________________________________________________________

NACIONALES 1.941.000.-

I.- Tesoro Nacional 1.941.000.-

T O T A L: 1.941.000.-

______________________________________________________________________

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

______________________________________________________________________

Presupuesto

C ó d i g o D e s c r i p c i ó n Complementario

1983

______________________________________________________________________

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 1.941.000.-

 

320 Para Usos Varios 1.941.000.-

 

328 Accesorios, Repuestos y Herramientas

Menores 1.941.000.-

 

T o t a l : 1.941.000.-

______________________________________________________________________

 

Los señores Ministros de Finanzas y de Informaciones, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de mil novecientos ochenta y tres años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Marcial Tamayo, Mario Roncal Antezana, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martinez, Marcelo Barrón Róndon, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Reynaldo Mercado Uribe, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Horacio Torres Guzmán, Jorge Gonzales Roda, Oscar Villa Urioste, Mario Rueda Peña.

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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