TEXTO DE CONSULTA
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LEY No 1011

DECRETO SUPREMO Nº 22097

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Dirección del Estudio Integral del Transporte ejerce funciones directrices dentro de sus respectivos sectores, organizando, componiendo y dirigiendo las actividades de los diferentes grupos y comisiones de estudios y proyectos interinstitucionales, frente a organismos similares internacionales en las reuniones bilaterales y multilaterales.

 

Que estas delicadas funciones cumple actualmente de acuerdo al Convenio Bilateral-Brasil, presidiendo la Subcomisión 2 de la Comisión Mixta Permanente.

 

Que en consecuencia y para no verse disminuida en su representatividad o jerarquía ante otros organismos del Estado o sus similares extranjeros, es necesario asignar a esta Dirección la categoría y rango de Subsecretaría, sin afectar lo dispuesto por los Decretos 10460 de 12 de septiembre de 1972 y 21585 de 28 de abril de 1988.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Elévase a Subsecretaría de Estado, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Dirección del Estudio Integral del Transporte, con la denominación de SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DEL TRANSPORTE Y LAS COMUNICACIONES, sin afectar lo dispuesto por los Decretos Supremos 10460 de 12 de septiembre de 1972 y 21585 de 28 de abril de 1988.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante resolución ministerial dictará en el plazo de 30 días, las normas reglamentarias, funciones y atribuciones, así como los ajustes presupuestarios minimos indispensables que se incorporarán al Presupuesto General de la Nación a partir de la gestión 1989.

 

El Ministro de Transportes y Comunicaciones, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Jorge Gumucio Granier Min. de Relaciones Exteriores y Culto a.i.. Juan Carlos Durán Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Andrés Petricevic Raznatovic, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinez, José G. Justiniano Sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vasquez, Walter H. Zuleta Roncal, Irving Alcaraz del Castillo Min. Informaciones a.i., Jaime Zegada Hurtado.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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