DECRETO LEY Nº 07061
GENERAL DE FUERZA AEREA RENE
BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, en ejecución del convenio suscrito por el Ministerio de Asuntos Campesinos y USAID-B, entre otras Escuelas Tipo, debe construirse una en Achocalla, Provincia Murillo del Departamento de La Paz;
Que, próxima a la escuela en actual funcionamiento edificada en una superficie insuficiente de doscientos metros cuadrados, se encuentra el fundo “Cancha-Pampa” de Modesta, Manuel, Guillermo y Gerardo Sagárnaga, cuya expropiación se impone por causa de necesidad y utilidad pública, calificadas conforme a ley, por mandato del art. 17 de la Constitución Política del Estado;
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de 1 Ha. de terreno del fundo Cancha-Pampa, propia de Modesta, Manuel, Guillermo y Gerardo Sagárnaga, ubicado en Achocalla, Provincia Murillo del Departamento de La Paz, con destino a la construcción de una Escuela Tipo por Acción Cívica Boliviana.
ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Departamento de La Paz, seguirá el trámite legal de expropiación con arreglo a lo dispuesto por Decreto Supremo de 4 de abril de 1879 elevado a rango de ley en 30 de diciembre de 1883, debiendo abonarse su valor con sujeción al art. 3° de la Ley de 25 de octubre de 1944, con fondos imputables a “Edificaciones Escolares” resultantes de la contribución del 10% de ingresos ordinarios del Departamento de La Paz.
ARTÍCULO 3.- Sin perjuicio del trámite de expropiación a seguirse, el Ministerio de Asuntos Campesinos procederá a la ocupación inmediata del inmueble rústico indicado.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Asuntos Campesinos, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y cinco años.
FDO. GENERAL RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tcnl. René Bernal, Marcelo Galindo de Ugarte.