TEXTO DE CONSULTA
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LEY N° 1463
LEY DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2022

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.

I. Se declara el 17 de julio de cada año "Día Nacional de la Memoria", en reconocimiento a las víctimas de violencia política durante el periodo del 4 de noviembre de 1964 al 10 de octubre de 1982.

II. El nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas, en el marco de sus atribuciones y competencias, realizarán actividades en homenaje y conmemoración al "Día Nacional de la Memoria".

DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA.

El nivel central del Estado promoverá la construcción de "Casas de la Memoria", en lo posible en los nueve (9) Departamentos, de acuerdo a la disponibilidad financiera del Tesoro General de la Nación - TGN, debiendo priorizarlas en los siguientes presupuestos nacionales.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil veintidós.

Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Freddy Mamani Laura, Julio Diego Romaña Galindo, Miguel Angel Rejas Vargas, Alexsandra Zenteno Cardozo, Walter Villagra Romay.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil veintidós.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Edgar Pary Chambi.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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