FE DE ERRATAS
Por error involuntario no atribuible a la Gaceta Oficial de Bolivia, se realiza la siguiente corrección:
En el parágrafo I del Artículo 4, del Decreto Supremo Nº 4783 de 24 de agosto de 2022, publicado en la Edición Nº 1542, el 24 de agosto de 2022.
Dice:
"ARTÍCULO 4.- (AUTORIZACIÓN).
I. De ser necesario, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a transferir, a través del TGN, los recursos provenientes de la aplicación del Artículo 2 del presente Decreto Supremo; el monto de Bs55.000.000.- (CINCUENTA Y CINCO MILLONES 00/100 BOLIVIANOS) de forma mensual y los recursos provenientes de las multas impuestas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI, a favor de las Entidades Ejecutoras de proyectos de inversión y/o programas de interés social y al FRUV."
Debe decir:
"ARTÍCULO 4.- (AUTORIZACIÓN).
I. De ser necesario, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a transferir, a través del TGN: los recursos provenientes de la aplicación del Artículo 2 del presente Decreto Supremo; el monto de Bs55.000.000.- (CINCUENTA Y CINCO MILLONES 00/100 BOLIVIANOS) de forma mensual; y los recursos provenientes de las multas impuestas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI, a favor de las Entidades Ejecutoras de proyectos de inversión y/o programas de interés social y al FRUV."