Pasar al contenido principal
Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

Documento sin título

DECRETO PRESIDENCIAL N° 4433
LUÍS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que es facultad del señor Presidente Constitucional del Estado Plurinacional y Capitán General de las Fuerzas Armadas designar al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, Jefe de Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas y a los Comandantes del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada Boliviana, de conformidad a lo establecido en el numeral 17 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado y Artículos 38, 46 y 64 de la Ley N° 1405, de 30 de diciembre de 1992, Orgánica de las Fuerzas Armadas.

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-

I.            Se designa a los siguientes ciudadanos en los cargos que a continuación se detallan:

  • GRAL. BRIG. AÉ. CESAR MOISÉS VALLEJOS ROCHA
  •           COMANDANTE EN JEFE ACCIDENTAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

  • GRAL. BRIG. AUGUSTO ANTONIO GARCÍA LARA
  •           JEFE DE ESTADO MAYOR GENERAL ACCIDENTAL DEL COMANDO EN JEFE DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

  • GRAL. BRIG. MIGUEL ÁNGEL DEL CASTILLO QUIROGA
  •           COMANDANTE GENERAL ACCIDENTAL DEL EJÉRCITO DE BOLIVIA

  • GRAL. BRIG. AÉ. MARCELO JUAN HEREDIA CUBA
  •           COMANDANTE GENERAL ACCIDENTAL DE LA FUERZA AÉREA BOLIVIANA

  • C. ALMTE. FRANZ PABLO VALDIVIEZO OÑA
  •           COMANDANTE GENERAL ACCIDENTAL DE LA ARMADA BOLIVIANA

    II.          Las autoridades militares designadas tomarán posesión de sus cargos con las formalidades de Ley.

    III.         Se abroga el Decreto Presidencial N° 4395, de 16 de noviembre de 2020.

    Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil veinte.

    Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio.

    SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
    DECRETO SUPREMO Nº 690

    03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

    TEXTO DE CONSULTA
    Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
    Derechos Reservados © 2026

    |




    Nuestras Publicaciones




         
    Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
    Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
    Derechos Reservados © 2025
    Teléfono: (591-2) 2147937
    Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja