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DECRETO PRESIDENCIAL 22817

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que el señor Ministro de Industria, Comercio y Turismo, Lic. Guido Céspedes Argandoña, debe viajar el día 20 del presente mes a la ciudad de San Pablo-Brasil para sostener con autoridades brasileñas y con representantes de las más importantes empresas industriales, gestiones oficiales encaminadas a un mayor intercambio comercial e industrial entre ambos países y, concretar las posibilidades de inversión de capitales brasileños en Bolivia;

 

Que la ausencia del Ministro Titular de ese Despacho hace necesaria la designación de Ministro interino, a fin de mantener la indispensable continuidad en los Programas de Trabajo propios del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, de acuerdo con el D.L. de 12 de septiembre de 1972.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnase Ministro Interino de Industria, Comercio y Turismo, por el tiempo que dure la ausencia del Titular, al Lic. Jorge Paz Navajas, Subsecretario de Comercio.

 

Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de mayo de mil novecientos noventa y un años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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