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DECRETO SUPREMO N° 22808
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que mediante ley 1231 de 7 de febrero de 1991 se aprobó el presupuesto general de la nación para su vigencia durante la gestión fiscal de 1,991;
Que el Instituto Nacional de Cooperativas ha solicitado, la aprobación de un presupuesto adicional cuyos recursos provienen de donaciones corrientes externas destinados a la ejecución de proyecto BOL/84/MO2/ITA “apoyo a la gestión y comercialización de las cooperativas agropecuarias”;
Que el artículo 96 de la Constitución Política del Estado en su numeral 7) faculta al Presidente de la República, proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, en concordancia con el artículo 6 del decreto supremo 21364 y artículo 7 de la ley 1231.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase, sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional en favor del INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVAS, por la suma de TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 36.838.00), provenientes de donaciones corrientes externas y que no estaban previstos en la ley 1231 de 7 de febrero de 1,991 y de acuerdo al siguiente detalle:
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PRESUPUESTO ANUAL DE RECURSOS |
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Código |
Partidas |
Presupuesto adicional 1991 |
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1100000 |
INGRESOS CORRIENTES |
36.838 |
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1180000 |
Donaciones corrientes |
36.838 |
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1182000 |
Donaciones corrientes esternas |
36.838 |
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TOTAL |
36.838 |
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PRESUPUESTO ANUAL POR OBJETO DEL GASTO
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PROGRAMA 10: |
INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVAS |
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ACTIVIDAD 01:
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FOMENTO Y PROMOCION DEL COOPERATIVISMO |
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GASTOS: |
CORRIENTES |
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RECURSOS: |
DONACIONES CORRIENTES EXTERNAS |
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GESTION: |
1991 |
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(en bolivianos) |
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Código
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Partidas
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Presupuesto adicional 1991 |
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200 |
SERVICIOS NO PERSONALES |
36.838 |
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250 |
Servicios profesionales y comerciales |
36.838 |
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252 |
Estudios, investigaciones y proyectos |
36.838 |
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TOTAL |
36.838 |
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Trabajo y Desarrollo Laboral asi como Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos noventa y un años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Yáñez Min. Prev. Social y Salud Pública a.i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.
TEXTO DE CONSULTA
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