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DECRETO LEY Nº 07047

GRAL. DIV. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

VISTOS Y CONSIDERANDO:

 

Que a la conclusión de las obras de la represa de Tacagua-Challapata, el Sistema posee material de fierro viejo, equipos de oficina, de campamento y herramientas deteriorados, maquinaria inservible y vehículos en desuso por su excesivo desgaste, todo lo cual se está devaluando más aún sin prestar ningún servicio;

 

Que la falta de recursos económicos no permite una mejor atención de las necesidades del Sistema de Riego No. 2; siendo necesario, para aprovechar el costo de este material en desuso, su venta en subasta pública y previa evaluación por la Contraloría Departamental de Oruro; debiendo el producto de esta venta beneficiar íntegramente al mismo Sistema, especialmente en la adquisición de vehículos, equipos de maquinaria liviana y otros materiales para el mantenimiento y conservación de los canales de riego, que requieren una constante atención para mejorar el servicio;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Colonización y Riegos, previas las formalidades de Ley, poner en subasta pública todo el material, equipos, herramientas y maquinaria en desuso así como vehículos inservibles que posee el Sistema de Riegos Tacagua-Challapata, de acuerdo al inventario y clasificación faccionado por la Gerencia del Sistema y previo justiprecio que efectuará la Contraloría Departamental de Oruro.

 

ARTÍCULO 2.- El producto del remate se depositará en la cuenta bancaria: “Maquinarias Obras Tacagua” de la Agencia del Banco Central de Oruro, y estos fondos serán utilizados en su totalidad y exclusivamente en provecho del mismo Sistema.

 

Los señores Ministros en los Despachos de Agricultura y Hacienda quedan encargados del cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. DIV. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tcnl. Joaquín Zenteno Anaya, Tcnl. Oscar Quiroga Terán, Cnl. Eduardo Méndez Pereyra, Tcnl. Julio Sanjinés, Tcnl. Hugo Banzer S., Cnl. Rogelio Miranda, Tcnl. Carlos Alcoreza M., Marcelo Galindo de Ugarte.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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