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DECRETO SUPREMO N° 19199

GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto Ley N ° 18932 de 28 de abril de 1982 se aprobó la Ley Financiera de la Nación.

 

Que en la reformulación posterior se ha recortado el Presupuesto del Ministerio de Planeamiento y Coordinación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Disponer que el Tesoro General de la Nación asigne un Presupuesto Adicional al Ministerio de Planeamiento y Coordinación por la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.500.000.00), monto que servirá para cubrir obligaciones contraídas en el primer semestre de 1982, cuya realidad ha sido analizada por el Ministerio de Finanzas como cabeza de sector.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Edgar Rojas Ruíz, Alfredo Villarroel Barja, Min. Relaciones Exteriores a.i., Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremadoiro G., Raúl Soria Ruíz, Julio Villagómez Vargas, Octavio Villavicencio Q., Víctor Hugo Balderrama, Augusto Sánchez Valle, Dorian Gorena Urizar, Manuel Luján Alba, Alfredo Careaga Guereca, José Antonio Oña Costas, Luís Peñaranda Beltrán.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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