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DECRETO SUPREMO N° 19188

GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

 

Que el Comando General de la PolicIa Boliviana, a objeto de mantener estable y con eficiencia los servicios que presta a la población, debe reponer en forma gradual los vehículos, equipos y otros que forman parte de su infraestructura policial, liberandolos de todo gravamen arancelario;

 

Que es necesario atender con carácter prioritario los anteriores requerimientos para mejorar los servicios públicos de protección de la propiedad pública y privada.

 

Que para viabilizar con carácter de urgencia la adquisición de vehículos motorizados, la Policia Boliviana ha realizado una evaluación del mercado y por convenir a los intereses del Estado, por razones de precio y calidad ha sugerido su compra directa de fábrica;

 

Que al no haber sido reemplazadas las unidades vehiculares, es necesario que por el instrumento jurídico presente se dÉ paso a la adquisición de 10 unidades con destino al servicio público.

 

Que de las tres propuestas presentadas:

 

URSIC MOTOS LTDA.

 

TOYOTA BOLIVIANA LTDA. Y

 

NISSAN BOLIVIANA.

 

La más conveniente es la cotización presentada por NISSAN, cuyo precio por unidad es de 6.000.- $us. (SEIS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS).

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar al Comando General de la Policía Boliviana la adquisición directa de 10 unidades de vehículos motorizados de la firma DISTRIBUIDORA NISSAN (B0LIVIA) S.A., por el monto de 60.000$US.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- La cancelación sé efectuará de la siguiente manera:

 

2.000.000 $B. del remate de vehículos-Cuenta 3-830.

3.000.000 $B. Cuenta No. 1 Habilitación.

10.000.000 $B. que serán entregados por el Tesoro

General de la Nación con cargo al

Presupuesto adicional de la Policía

Boliviana.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Agustín Saavedra Weise, Edgar Rojas Ruiz, Alfredo Villarroel Barja, Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremadoiro Garcia, Raúl Soria Ruíz, Julio Villagómez Vargas, Octavio Villavicencio Q., Víctor Hugo Balderrama, Augusto Sánchez Valle, Dorian Gorena Urízar, Manuel Luján Alba; Alfredo Careaga Guereca, José Antonio Oña Costas, Luís Peñaranda Beltrán.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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