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DECRETO PRESIDENCIAL N° 4076
JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:
Que es facultad de la señora Presidenta Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia y Capitana General de las Fuerzas Armadas designar al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, Jefe de Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas y a los Comandantes del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada Boliviana, de conformidad a lo establecido en el numeral 17 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado y Artículos 38, 46 y 64 de la Ley N° 1405, de 30 de diciembre de 1992, Orgánica de las Fuerzas Armadas.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I.            Se designa a los siguientes ciudadanos en los cargos que a continuación se detallan:

  • Gral. Div. Carlos Orellana Centellas
  •           COMANDANTE EN JEFE DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

  • Gral. Div. Aé. Pablo Arturo Guerra Camacho
  •           JEFE DE ESTADO MAYOR GENERAL DEL COMANDO EN JEFE DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

  • Gral. Brig. Iván Patricio Inchauste Rioja
  •           COMANDANTE GENERAL DEL EJÉRCITO DE BOLIVIA

  • Gral. Brig. Aé. Ciro Orlando Álvarez Guzmán
  •           COMANDANTE GENERAL DE LA FUERZA AÉREA BOLIVIANA

  • C. Almte. Moises Orlando Mejía Heredia
  •           COMANDANTE GENERAL DE LA ARMADA BOLIVIANA
    II.          Las autoridades militares designadas tomarán posesión de sus cargos con las formalidades de Ley.
    III.         Se abroga el Decreto Presidencial Nº 3755 del 24 de diciembre de 2018.
    Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

    FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ
    PRESIDENTA CONSTITUCIONAL
    DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
    DECRETO SUPREMO Nº 690

    03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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