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DECRETO LEY N° 19123

GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Supremo No. 14948 de 29 de septiembre de 1977, se autorizó a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, transferir en favor de los trabajadores organizados en la Cooperativa de Vivienda “Cochabamba” 32.529 m2., de terrenos ubicados en la parte Oeste de la ex-Estación Railway, en compensación por los terrenos revertidos del km. 0 de la Estación Terminal Sud.

 

Que asimismo por Decreto Ley No. 18736 de 2 de diciembre de 1981, ENFE fue autorizada para transferir a título gratuíto 14.737m2. de terrenos de su propiedad, ubicados en la región de la Coronilla de la ciudad de Cochabamba en favor de la misma cooperativa, destinados a la apertura de calles y áreas verdes.

 

Que la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba dentro de su plan regulador que establece el desarrollo y urbanización de la ciudad, mediante Ordenanzas Municipales ha declarado la Colina de San Sebastián y zonas circunvecinas “Monumento Nacional”, razón por la que el Gobierno Nacional mediante Decreto Ley No. 18865 de 5 de febrero de 1982 abroga el Decreto Ley No. 18736 de 2 de diciembre de 1981, disponiendo la compensación con otros terrenos en igual superficie.

 

Que el Directorio de la Empresa Nacional de Ferrocarriles, mediante Resolución No. D-ENFE 53/82 de 14 de junio de 1982, a fin de dar solución favorable a los intereses de los trabajadores ferroviarios del Distrito de Cochabamba, autoriza la tramitación de la disposición legal por la que se abrogue el Decreto Supremo No. 14948 de 29 de septiembre de 1977 y se declare la vigencia de los Decretos Supremos No. 9202 de 7 de mayo de 1970 y 10409 de 18 de agosto de 1972, mediante los cuales el Gobierno autorizó a ENFE
1a transferencia de terrenos ubicados en el km. O, de la Estación Terminal Sud de Cochabamba.

EN CONSEJO DE MINISTROS,


DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Abrógase el Decreto Supremo N° 14948 de 29 de septiembre de 1977, por el cual se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles transferir 32.529 m2 de terrenos de su propiedad ubicados en la parte Oeste de la ex-Railway, por haberse declarado esa región Monumento Nacional.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Para compensar los terrenos arectados, se declaran vigentes los Decretos Supremos Nos. 9202 de 7 de mayo de 1970 y 10409 de 18 de agosto de 1972, por los cuales se autoriza a ENFE la transferencia de 95 lotes de terreno ubicados en el patio de la Estación Sud de Cochabamba, con una superficie total de 32.529 m2. quedando subsistentes las disposiciones de los mencionados decretos.

 

Los señores Ministros en los Despachos de Transportes y Comunicaciones y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Agustín Saavedra Weise, Edgar Rojas Ruiz, Alfredo Villarroel Barja, Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremadoiro G., Raú1 Soria Ruiz, Julio Villagomez Vargas, Octavio Villavicencio Q., Victor Hugo Balderrama C., Augusto Sánchez Valle, Dorian Gorena Urizar, Manuel Luján Alba, Alfredo Careaga Guereca, José Antonio Oña Costas, Luis Peñaranda Beltrán.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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