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DECRETO LEY Nº 07029

GRAL. DIV. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Corporación Minera de Bolivia, ha adoptado un nuevo Reglamento para su régimen de compras, el mismo que contempla los procedimientos de publicidad y garantía indispensables para rodear y asegurar la corrección en esta clase de operaciones comerciales;

 

Que, de otro lado, se recogen en el citado Reglamento, las sugerencias y recomendaciones de los entes financieros que participan en la Operación Triangular, buscando el mayor control en la inversión de los fondos;

 

Que, por último, dicho Reglamento ha sido revisado y aprobado por el Directorio de la Corporación Minera de Bolivia, en sesión llevada a efecto en fecha 30 de diciembre de 1964, presidida por el Cnl. DEM Juan Lechín Suárez;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el nuevo “Reglamento de la Comisión de Adquisiciones de la Corporación Minera de Bolivia”, en los 36 artículos de que consta, disponiéndose su vigencia a partir de la fecha.

 

ARTÍCULO 2.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minas y Petróleo, se encargará de la ejecución y cumplimiento de este Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de enero de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. DIV. RENE BARRIENTOS O., Tcnl. Joaquín Zenteno Anaya, Tcnl. Carlos Alcoreza, My. Samuel Gallardo Lozada, Cnl. Eduardo Méndez Pereira, Tcnl. Julio Sanjinés G., Cnl. Rogelio Miranda, Tcnl. Hugo Banzer Suárez, Cnl. Juan Lechín Suárez, Marcelo Galindo de Ugarte.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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