TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 19076

GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de las Fuerzas Armadas de la Nación se encuentra empeña en lograr la reactivación de la Economía Nacional; para lo cual requiere el concurso de Personal Ejecutivo de reconocida capacidad profesional y probada idoneidad moral.

 

Que el señor Presidente del Banco Central de Bolivia presentó renuncia del cargo que venía desempeñando, la misma que fué aceptada.

 

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 9° inc a) 4 de la Ley Orgánica del Banco Central de Bolivia, es atribución del señor Presidente de la República, la designación del Presidente de la citada Entidad Bancaria.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,


DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Desígnase al Lic. Miguel Fabri Cohm, en el cargo de Presidente del Banco Central de Bolivia de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de la citada entidad.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, ministrará posesión del Presidente designado previo juramento de rigor.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de julio de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Agustín Saavedra Weisse, Edgar Rojas Ruiz, Alfredo Villarroel Barja, Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremaadoiro García, Jorge Escóbar Sánchez, Julio Villagómez Vargas, Octavio Villavicencio Quintanilla, Víctor Hugo Balderrama Casanovas, Augusto Sanchez Valle, Dorian Goren Urízar, Manuel Luján Alba, Alfredo Careaga Guereca, José Antonio Oña Costas Hugo Gonzáles Rioja.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|