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DECRETO PRESIDENCIAL N° 3952
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el ciudadano Luis Alberto Sánchez Fernández, Ministro de Hidrocarburos, mediante nota MH – 02977 DESP – 0624, de 19 de junio de 2019, presentada en la misma fecha, comunicó que se ausentará del país en misión oficial del 20 al 23 de junio de 2019, a la ciudad de Miami – Estados Unidos de América, a objeto de asistir a reuniones programadas con la Empresa Total E&P Bolivie, realizar la exposición del Portafolio Exploratorio; acordar la comercialización de gas al Brasil; tratar aspectos referidos al mercado brasilero y las oportunidades contractuales del gas boliviano. Asimismo participar en la reunión con la Empresa Cancambria, en la que se realizara la presentación del informe final del convenio de estudio del Área Miraflores. Por otra parte, en la ciudad de Sao Paulo – Brasil, participar en la reunión con representantes de COMGAS, compañía de gas de dicha ciudad considerada como la mayor distribuidora de Gas natural de Brasil, para tratar entre otros temas la propuesta de la demanda de Gas, asistir a reuniones con las diferentes comercializadoras de Gas y sostener reunión con el señor Miguel Dabdoud – Presidente de la CAINCO, para analizar la propuesta del proyecto del Biodiesel en Bolivia, por lo cual, solicitó la designación de Ministro Interino, mientras dure su ausencia.

Que es necesario designar Ministra Interina o Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 128 del Decreto Supremo N° 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se designa MINISTRO INTERINO DE HIDROCARBUROS, al ciudadano Tito Rolando Montaño Rivera, Ministro de Deportes, mientras dure la ausencia del titular.

Es  dado  en  la  Casa  Grande  del  Pueblo  de  la  ciudad  de  La Paz, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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