Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025
DECRETO SUPREMO Nº 24805
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que en fecha 30 de abril de 1996 se promulgó la Ley de Hidrocarburos Nº 1689;
Que la citada ley dispone su reglamentación por el Poder Ejecutivo;
Que mediante decreto supremo 24608 de 6 de mayo de 1997 se aprobó el Reglamento de Licitación de Areas para Exploración y/o Explotación;
Que para mantener la necesaria concordancia con las normas de carácter administrativo que regulan los procedimientos de apertura, calificación y adjudicación de propuestas por el Estado, se hace necesario modificar el texto de los artículos 34, 37 y 42 del reglamento antes citado;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTICULO UNICO.- Suprímese el párrafo final del artículo 37 y modifícase a sesenta días los plazos establecidos en los artículos 34 y 42 del Reglamento de Licitación de Areas para Exploración y/o Explotación, aprobado por decreto supremo 24608 de 6 de mayo de 1997.
El señor Ministro de Estado en el Despacho Sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Víctor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Jaime Villalobos Sanjinés.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021