DECRETO SUPREMO Nº 24705
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el decreto supremo 24327 de 28 de junio de 1996, normativo de los pesos y dimensiones para todos los vehículos de transporte de carga o pasajeros que circulen por las carreteras del país, fue elevado a rango de ley con el número 1769 el 10 de marzo de 1,997;
Que la citada ley debe tener su reglamentación específica, a fin de lograr un control y aplicación uniforme, mediante una normativa única;
Que el artículo 2 de la ley 1769 encomienda al Poder Ejecutivo reglamentarla.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTICULO 1.- Apruébase el adjunto Reglamento de la Ley de Cargas 1769 de 10 de marzo de 1,997 sobre pesos y dimensiones, para todos los vehículos de transporte de carga o pasajeros que circulen por las carreteras del país, en sus 30 artículos formulados en el anexo que forma parte del texto del presente decreto supremo.
ARTICULO 2.- Se abroga todas las disposiciones legales contrarias a este decreto.
El señor Ministro de Estado sin Cartera responsable de Desarrollo Económico queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo, mediante la Secretaría Nacional de Transporte Comunicación y Aeronáutica Civil, las prefecturas departamentales, los municipios y la Policía Nacional.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de La Presidencia e Interino de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.