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DECRETO SUPREMO Nº 24703
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que en fecha 7 de julio de 1997 el Poder Ejecutivo ha emitido el decreto supremo 24700.
Que el Poder Ejecutivo tiene la atribución de expedir, modificar y abrogar decretos supremos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- Se abroga el decreto supremo 24700 de 7 de julio de 1997.
Los Señores Ministros de Estado en los despachos de Hacienda y sin Cartera Responsable de Capitalización quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candía Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.
TEXTO DE CONSULTA
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