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DECRETO LEY Nº 06993

GRAL. DE DIV. RENE BARRIENTOS O.

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el área interior del manzano donde funcionan las dependencias de la Escuela de Comando y Estado Mayor “Mariscal Andrés de Santa Cruz”, de la ciudad de Cochabamba, en el ángulo sudeste de dicho manzano, esquina comprendida entre la calle Hamiraya y Plaza San Sebastián, se encuentra situado el antiguo edificio de la Cárcel Pública, actualmente en ruinas, construido sobre terrenos de propiedad de la mencionada Escuela;

 

Que dicho local, antes de pasar en calidad de préstamo a la Dirección Departamental de Tránsito, fue utilizado sucesivamente por las Escuelas de Caballería y Artillería de las Fuerzas Armadas de la Nación;

 

Que la Dirección Departamental de Tránsito, en la actualidad no ocupa dicho inmueble en razón de que posee en aquella ciudad su propio local;

 

Que es de urgente necesidad restituir este inmueble a la Escuela de Comando y Estado Mayor “Mariscal Andrés de Santa Cruz” a fin de que amplíe en él sus dependencias;

 

EN JUNTA MILITAR DE GOBIERNO,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se restituye a la Escuela de Comando y Estado Mayor “Mariscal Andrés de Santa Cruz” el terreno y local actualmente en ruinas, donde antiguamente funcionó la Cárcel Pública del Departamento de Cochabamba, situado en el ángulo sudeste del manzano en que este Instituto Militar tiene sus dependencias, cuyo derecho de propiedad queda así consolidado.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Gobierno y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS O., Tcnl. Joaquín Zenteno Anaya, Tcnl. Oscar Quiroga Terán, Gral. Hugo Sujrez, Tcnl. Julio Sanjinés G., Cnl. Sigfrido Montero V., Cnl. Carlos Ardiles, Cnl. Juan Lechín Suárez, Cnl. Rogelio Miranda, Cnl. Hugo Banzer S., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Cnl. Eduardo Méndez Pereyra, My. Samuel Gallardo Lozada, Cnl. René Bernal, Tcnl. David Lafuente, Marcelo Galindo de Ugarte.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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