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DECRETO LEY Nº 06992

GRAL. DE DIV. RENE BARRIENTOS O.

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que las Fuerzas Armadas de la Nación poseen el inmueble ubicado entre las calles Nataniel Aguirre y Uruguay, de la ciudad de Cochabamba, como asiento del Comando de la Séptima División de Ejército, donde actualmente funcionan sus oficinas;

 

Que sin consultar las verdaderas necesidades de las entidades afectadas se adjudicó este local para el Servicio de Comunicaciones del Departamento de Cochabamba, disposición que es necesario derogar en atención a que el Ministerio de Comunicaciones ya tiene en dicha ciudad un edificio nuevo, y, por el contrario, el Comando de la 7a. División de Ejército no cuenta con ninguno.

 

EN JUNTA MILITAR DE GOBIERNO,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Consolídase en favor del Ministerio de Defensa Nacional el derecho de propiedad que el Estado tiene sobre el inmueble ubicado entre las calles Nataniel Aguirre y Uruguay de la ciudad de Cochabamba, donde actualmente funcionan las oficinas del Comando de la Séptima División de Ejército.

 

ARTÍCULO 2.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.

 

Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda, Obras Públicas y Comunicaciones y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS O., Tcnl. Joaquín Zenteno Anaya, Tcnl. Oscar Quiroga Terán, Gral. Hugo Suárez, Tcnl. Julio Sanjinés G., Cnl. Sigfrido Montero, Cnl. Carlos Ardiles, Cnl. Juan Lechín Suárez, Cnl. Rogelio Miranda, Cnl. Hugo Banzer S., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Cnl. Eduardo Méndez Pereyra, My. Samuel Gallardo Lozada, Cnl. René Bernal, Tcnl. David Lafuente, Marcelo Galindo de Ugarte.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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