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DECRETO SUPREMO Nº 12619

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, por Decreto Supremo Nº 09724 de 19 de mayo de 1971, fue creado el Consejo Nacional de Vivienda Petrolera para aplicar el Régimen de Vivienda de Interés Social en favor de los Trabajadores Petroleros del país;

 

Que, para el cumplimiento de esta finalidad es necesario dictar la norma legal que adecúe su desenvolvimiento a la Política Nacional de Vivienda fijada por el Supremo Gobierno de la Nación;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Vivienda Petrolera en sus 5 Títulos, 23 Capítulos y 85 Artículos.

 

ARTÍCULO 2.- Quedan derogadas las disposiciones legales contrarias al presente Decreto.

 

El señor Ministro de Urbanismo y Vivienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y siete días del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzales Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Wálter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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