DECRETO LEY Nº 06975
GRAL. DIV. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que es necesario designar a los representantes del país ante los organismos financieros internacionales formados con los aportes de capital de los distintos países suscriptores de sus Convenios Constitutivos, entre los cuales se encuentra Bolivia;
Que el Decreto Supremo No. 05819 de 16 de junio de 1961 señala el carácter funcional de estas representaciones, que es conveniente mantener para asegurar una mayor eficiencia en la representación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- La representación de Bolivia en el Fondo Monetario Internacional, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo, será ejercido por los funcionarios siguientes:
En el fondo Monetario Internacional:
Gobernador: el Ministro de Hacienda
Gobernador Alterno: el Gerente del Banco Central de Bolivia.
En el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento:
Gobernador: el Presidente del Banco Central de Bolivia
Gobernador Alterno: el Presidente de la Corporación Boliviana de Fomento.
En el Banco Interamericano de Desarrollo:
Gobernador: el Ministro de Economía Nacional
Gobernador Alterno: el Ministro de Coordinación y Planificación.
ARTÍCULO 2.- Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores, Hacienda y Economía Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro años.
FDO. GRAL. DIV. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tcnl. Joaquin Zenteno, Tcnl. Oscar Quiroga T., Tcnl. Carlos Alcoreza, Cnl. David Lafuente, My. Samuel Gallardo, Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. Sigfredo Montero, Tcnl Hugo Bernal, Gral. Hugo Suárez G., Tcnl. Rogelio Miranda, Marcelo Galindo.