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DECRETO SUPREMO N° 12603

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto requiere de un automóvil de características específicas y apropiado para atender sus necesidades al nivel jerárquico que le corresponde, estimándose para el caso, determinar su adquisición a través del Consulado General de Bolivia en New York, exceptuando el cumplimiento del requisito previsto en el Inc. d., del Artículo 7° del Decreto Supremo N° 12262 de 24 de febrero de 1975, a objeto de que llegue al país antes de las Fiestas Patrias, en que deben cumplirse las ceremonias programadas para el Sesquicentenario de la República.

 

Que, asimismo corresponde autorizar al Tesoro General de la Nación, el desembolso de la suma de Sb. 203.800.- equivalente a $us. 10.000.- que corresponde al valor del vehículo, con cargo al Presupuesto vigente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto;

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la compra directa de un automóvil “FORD”, modelo 75, Sedan 4 puertas, 8 cilindros, carburador de cuatro entradas, control automático de temperatura, frenos hidráulicos de discos en la parte delantera y de balatas en las ruedas traseras, con protectores especiales, vidrios de características según catálogo, exceptuando el requisito de convocatoria a propuestas y calificación de Junta de Almonedas señalado en el Artículo 7° del Decreto Supremo N° 12262, con destino al uso exclusivo del señor Canciller de la República.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a la Dirección General del Tesoro Nacional para que con cargo al Grupo 400 “Activos Fijos y Financieros”, Sub-Grupo 430 “Maquinaria y Equipo”, y Partida 433 “Equipo de Transporte, Tracción y Elevación” del Presupuesto vigente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, remese al señor Cónsul General de Bolivia en Nueva York la suma de DIEZ MIL DOLARES AMERICANOS ($us. 10.000.-) equivalente a $b. 203.800.-, correspondiente al valor de la compra y transporte del vehículo, con cargo de cuenta documentada.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciuda dde La Paz, a los doce días del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, El Gabinete en Pleno.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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