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DECRETO LEY Nº 12597

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, ha convocado a propuestas para la adquisición de un lote de terreno destinado a la construcción del edificio propio de 1 Corte Superior del Distrito de Chuquisaca, habiendo recomendado en reunión de Sala Plena de fecha 9 de mayo de 1975, la acertación de la propuesta formulada por Consejo Nacional de Vivienda, por considerarla la más conveniente.

 

Que, el Poder Judicial tiene el deber de dotar a la Corte Superior del Distrito de Chuquisaca, de un edificio propio que consulte las necesidades de la Capital de la República, para lo cual corresponde al Supremo Gobierno otorgar las facilidades necesarias.

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Consejo Nacional de Vivienda efectuar la transferencia, en calidad de venta, de un lote de terreno con superficie aproximada a dos mil metros cuadrados, que la mencionada entidad posee en la “Avenida del Maestro” de la ciudad de Sucre, Capital de la República, a la Excelnetísima Corte Suprema de Justicia, al precio de Trescientos cincuenta pesos bolivianos cada metro cuadrado, con destino a la construcción del edificio propio de la Corte Superior del Distrito de Chuquisaca, por haber recomendado dicha adquisición en reunión de Sala Plena de fecha 9 de mayo de 1975, en mérito de ser la más conveniente.

 

ARTÍCULO 2.- El importe total del precio del lote de terreno a que se hace referencia en el artículo primero, será cancelado por el Tesoro Judicial a la institución vendedora.

 

ARTÍCULO 3.- Con carácter excepcional y en consideración a que esta transferencia se realiza por una entidad estatal a un Poder del Estado, se la libera de todos los impuestos que normalmente gravan las transferencias entre particulares.

 

Los señores Ministros del Interior, Migración y Justicia, de Urbanismo y Vivienda, y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacoi de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún. René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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