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DECRETO SUPREMO Nº 12589

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

Que, de acuerdo al programa de obras presupuestadas el año 1974, el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, con las facultades que le otorga el Art. 4º del Decreto Supremo con fuerza de Ley Nº 06496 de 14 de junio de 1963, en fecha 15 de agosto de 1973, convocó a licitación pública para la construcción del tanque elevado del Parque Industrial, habiéndose presentado al segundo llamamiento las siguientes empresas asociadas: MINERVA LTDA., INCO LTDA., Construcciones Cruceñas Ltda. y la Compañía Constructora “Santa Cruz” Ltda. COSANTA.

 

Que, cumplidas las formalidades legales necesarias, la Junta de Licitaciones del citado Comité, en su reunión del día 16 de junio de 1974, adjudicó la propuesta para la mencionada obra a las firmas asociadas: INCO LTDA., MINERVA LTDA. y Construcciones Cruceñas Ltda.

 

Que, los cuadros comparativos, informes técnicos, dictámenes y demás antecedentes puestos en consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que la adjudicación efectuada es la más conveniente por las mayores ventajas y seguridades que ofrece.

 

Que en virtud del inciso a) Art. 13 del D. S. Nº 11356 de 22 de febrero de 1974, corresponde aprobar la licitación adjudicada por el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, en fecha 11 de diciembre de 1973, en favor de las firmas asociadas INCO LTDA., MINERVA LTDA. y Construcciones Cruceñas Ltda., relativa a la construcción del tanque elevado del Parque Industrial de la ciudad de Santa Cruz por un valor total de $b. 2.990.919.-, suscribiéndose el respectivo contrato con la intervención del Contralor Departamental y el Fiscal del Distrito en representación del Supremo Gobierno, y los personeros del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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