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DECRETO SUPREMO Nº 12572

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Comité de Desarrollo y OO.PP. de Chuquisaca, de conformidad al D.S. Nº 10418 de 18 de agosto de 1972, convocó a propuestas para el Estudio del Diseño Final del Alcantarillado de la ciudad de Sucre;

 

Que, procediéndose a la apertura de las propuestas presentadas por las empresas consultoras Johnson y Selaya, Ingenieros Consultores, SICO, Centro Profesional Multidisciplinario, Prudencio Claros, SANDRO Ingenieros Consultores y Consultores Galindo, la comisión calificadora nombrada por la Junta de Licitaciones presentó su informe, en observancia a lo determinado por el Decreto Ley citado.

 

Que, cumplidas las formalidades legales necesarias, la Junta de Licitaciones del Comité, mediante Resolución Nº 1/75 de 8 de enero del año en curso, autorizó la adjudicación del Estudio del Diseño Final de Alcantarillado de la ciudad de Sucre, a la empresa Centro Profesional Multidisciplinario (CMP), por el monto total de 1.771.549.64 $b. (un millón setecientos setenta y un mil quinientos cuarenta y nueve 64/100 pesos bolivianos), y un plazo de entrega del trabajo de once meses calendario.

 

Que, los cuadros comparativos, informes técnicos-financieros y demás antecedentes puestos en consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que la adjudicación efectuada a dicha firma es la más conveniente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la junta de Licitaciones del Comité de Desarrollo y Obras Públicas de Chuquisaca en fecha 8 de enero de 1975, en favor de la empresa consultora Centro Profesional Multidisciplinario (CPM), para el Estudio de Diseño Final del Alcantarillado de Sucre, por un valor de $b. 1.771.549.64, que deberá ser realizado en el plazo de once meses calendario, con intervención del Sr. Fiscal del Distrito, Contralor Departamental, personeros del Comité de Desarrollo y OO.PP. de Chuquisaca y representante legal de la empresa adjudicataria en la suscripción del respectivo contrato.

 

El señor Ministro de Urbanismo y Vivienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Wálter Núñez Rivero.

 

 

 

 

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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