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DECRETO SUPREMO Nº 12570

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la H. Junta de Almonedas de la Caja Petrolera de Seguridad Social, en su reunión de 24 de enero de 1975 precedió a resolver la Convocatoria a Propuestas Nº 4-74 de 3 de abril de 1974, referida a la provisión e Instrumental quirúrgico oftalmológico, materiales para consultorio de la misma especialidad, instrumental de otorrinolaringología para examen, tratamiento, cirugía y micro-cirugía de oído etc., habiéndose dispuesto la adjudicación de los rubros de materiales de consultorio oftalmológico, desiertos los capítulos de instrumental quirúrgico y adquisición directa de quipos de otorrinoláringología.

 

Que, el procedimiento de convocatoria y adjudicación ha observado las disposiciones vigentes sobre la materia por lo que el Instituto Boliviano de Seguridad Social ha dictaminado favorablemente este trámite correspondiendo, en consecuencia, aprobarlo en toda forma de derecho y proceder a la autorización del mismo en aplicación del Art. 7º del D.S. 12262 de 23 de febrero de 1975;

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase en toda forma de derecho la resolución de la H. Junta de Almonedas de la Caja Petrolera de Seguro Social de fecha 24 del mes de enero de 1975, disponiéndose en tal sentido, lo siguiente:

 

se adjudica a la firma Sociedad Anónima de Representaciones y Comercio “SARCO” la provisión a la Caja Petrolera de Seguro Social de los siguientes equipos oftalmológicos:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cantidad

 

D E T A L L E

Precio

Unidad $us.

Precio

Total $us.

2

2

2

2

2

4

2

2

2

2

3

2

2

2

2

2

 

Sillones de exámenes Custom AO

Columnas y brazos Custom AO.

Link Intersonex Sillón-Columna

Bancos para médico, con respaldo

Refractómetros phropt.AO

Iluminadores para refractom. AO.

Paquetes de 3 bombillos rep. II

Monturas de prueba AO, livianos

Lámparas de Hendidura con lentes

Tonómetros de Aplanacion AO.

Mesas Contrabalanceo para L. de Hend

Frontofocómetros Lensómet AO.

Paquetes Bombillos de repuesto

Oftalmoscopia binocular ind.

Oftalmoscopios dir. electr. monoc

Proyectos de Oftotipos sin p.

Pantallas para proyector 20 x 20

Paquetes Bombillas de reemplazo

 

TOTAL PRECIO FOB

 

 

2.920,00

2.605,00

63,00

174,00

1.965,00

52,50

772,50

120,00

2.176,00

455,00

250,00

867,00

4,00

511,00

270,00

930,00

21,00

13,00

 

5.840,00

5.210,00

126,00

348,00

3.930,00

105,00

1.545,00

480,00

4.352,00

910,00

500,00

1.734,00

12,00

1.022,00

540,00

1.860,00

42,00

26,00

 

$us. 28.591,70

 

Se adjudica a la firma General Dental S.A. (GEDESA, por vía de adquisición directa, la provisión de tres unidades o equipos ENT (equipos de consultorio para operaciones de ojos, nariz y garganta) Mod. MC Nº 136375 Marca Ritter (USA) para 220 v. 50 c. con tres juegos de accesorios Nº 1840-GI por un importe total de $us. 9,943,00 precio CIF Arica.

 

Se declaran desiertos los rubros correspondientes a instrumental quirúrgico oftalmológico, instrumental para examen, tratamiento, cirugía y microcirugía de oído de la especialidad de otorrinolaringología.

 

ARTÍCULO 2.- Las adquisiciones referidas en el artículo anterior serán pagadas con recursos de la Caja Petrolera de Seguro Social en razón de que lo equipos a proveerse están destinados a sus centros médicos.

 

El señor Ministro de Previción Social y Salud Pública queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero, Guillermo Jiménez Gallo, José Antonio Zelaya Salinas.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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