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DECRETO SUPREMO Nº 12567

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Empresa Nacional del Arroz, de conformidad al Decreto Supremo Nº 10709 de 1º de febrero de 1973, es la entidad nacional encargada con exclusividad de la comercialización del arroz, con el fin de lograr el normal abastecimiento de este producto primordial a la población y garantizar un poder de compra al productor;

 

Que, por Decreto Supremo Nº 12122 de 31 de diciembre de 1974, el Banco Central de Bolivia concedió un préstamo de hasta $b. 170.000.000.- (CIENTO SETENTA MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS) a favor de la Empresa Nacional del Arroz, con destino a la comercialización del arroz de la cosecha 1975;

 

Que, estando próximo a su total utilización dicho préstamo, en razón de que las condiciones de compra del producto por esta gestión mantienen niveles que determinan mayores requerimientos financieros, es necesario dotarla de los recursos necesarios a fin de que cumpla sus objetivos, dentro de los términos legales y en forma oportuna.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Dentro de la misma línea de crédito warrant, se autoriza al Banco Central de Bolivia, conceder otro préstamo de hasta $b. 173.000.000.- (CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS) en favor de la Empresa Nacional del Arroz ENA, con destino a completar la comercialización del arroz de la cosecha 1975, compra venta, de acuerdo a las normas y modalidades que para el efecto tiene en vigencia y las que en lo posterior pudiera adoptar.

 

ARTÍCULO 2.- Las condiciones de desembolso, manejo del crédito intereses y demás obligaciones, se sujetarán a las mismas especificadas en el Memorandum de Entendimiento de fecha 17 de marzo de 1975.

 

Los señores Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo,Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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