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DECRETO SUPREMO N° 12478

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Decretos Supremos Nos.11639 y 11815 de 8 de julio y 20 de septiembre de 1974 respectivamente, fue creada la Secretaría General de Prensa e Informaciones de la Presidencia de la República, con las funciones y atribuciones transferidas del ex-Ministerio de Informaciones y Deportes.

 

Que, por R. S. N° 176466 de 2 de abril de 1975, se dispuso la creación de la Dirección Administrativa Financiera de la Secretaría General de Prensa e Informaciones de la Presidencia de la República, con las facultades de centralizar la ejecución administrativa de la Dirección de Informaciones, Radio Illimani, Empresa Nacional de Televisión Boliviana y Editorial del Estado, tarea en la que se estimó necesario modificar su estructura orgánica estableciendo nuevos niveles de haberes sin afectar el monto originalmente aprobado en virtud del D. S. N° 12262 de 24 de febrero de 1975.

 

Que para viabilizar el funcionamiento de este Organismo se hace necesario determinar la aprobación de su planilla presupuestaria en la forma y detalle elaborada por el Ministerio de Finanzas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la Planilla Presupuestaria de la Secretaría General de Prensa e Informaciones de la Presidencia de la República en la forma y detalles elaborada por el Ministerio de Finanzas, para su vigencia durante el ejercicio fiscal de 1975, conforme al monto originalmente aprobado en el Presupuesto Consolidado del Sector Público en vigencia.

 

ARTICULO SEGUNDO.- Los niveles de salarios consignados en la nueva planilla, tendrán ejecución a partir del mes de mayo del presente año.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, El Gabinete en Pleno.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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