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DECRETO SUPREMO N° 12477

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos, ha convoca-do a propuestas para la construcción de un Gimnasio en la región de Villa Víctoria de esta ciudad;

 

Que, la Honorable Junta de Almonedas de dicha Institución, en fecha 5 de marzo del presente año abrió las propuestas pertenecientes a tres Empresas constructoras, las mismas que fueron pasadas a la Comisión Técnica respectiva, para que se efectúe el informe correspondiente, el que en conclusiones recomienda la adjudicación de la obra licitada en favor de la Empresa constructora Cía. Boliviana de Ingeniería, por haber acumulado el mayor puntaje;

 

Que, habiéndose cumplido con todas las disposiciones legales que rigen la materia y muy especialmente con el D. L. de 2 de febrero de 1972, corresponde aprobar tal adjudicación mediante Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Almonedas del Comité Organizador de los Juegos Bolivarianos, en favor de la Empresa Cía. Boliviana de Ingeniería, para la construcción de un Gimnasio en la región de Villa Victoria, por un monto total de $b. 3.238.321.14. (TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO 00/14 PESOS BOLIVIANOS) suma que será cancelada con fondos que para el efecto tiene el Comité Organizador.

 

ARTÍCULO 2.- El Señor Contralor General de la República, Fiscal de Gobierno, y ejecutivos de la entidad licitante, suscribirán el contrato pertinente, con todas las formalidades legales del caso.

 

El señor Ministro de Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República, queda encargado de al ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, El Gabinete en Pleno.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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