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DECRETO SUPREMO Nº 12450

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado SAMAPA, con las facultades que le confiere el Decreto Ley N° 07597 de 20 de abril de 1966, convocó a propuestas conforme a Licitación N° 4/7. 2-32/74 para el suministro de láminas de impermeabilización, tapas y peldaños metálicos, destinados a las obras de la primera fase de la segunda etapa de abastecimiento de agua potable para la ciudad de La Paz.

 

Que, cumplidas las formalidades legales de acuerdo con el D.S. de 22 de mayo de 1939 y disposiciones anexas, la H. Junta de Almonedas de SAMAPA adjudicó en favor de la firma alemana Unternehmen für Industriebau KARWAT & Co. GmbH/68 Saarbrucen Postfach 507, representada para este fin por A. H. Juergen, Merkel, conforme a los informes técnicos, cuadros comparativos, dictámenes y demás antecedentes elevados a consideración del. Ministerio de Planeamiento y Coordinación, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 12089 de 27 de diciembre de 1974, los mismos que establecen la conveniencia de la adjudicación efectuada.

 

Que en virtud del Art. 7., inciso e) el Decreto Supremo N° 12262 de 24 de febrero de 1974, corresponde aprobar la adjudicación hecha por la mencionada H. Junta de Almonedas de acuerdo al monto.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANEAMIENTO,

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación de la H. Junta de Almonedas de SAMAPA en favor de la firma alemana Unternehme für Industriebau KARWAT & Co. GmbH/68 Saarbrucken Postfach 507, representada por A. H. Juergen Merkel, por un valor total de DM 275.301.23 (Doscientos setenta y cinco mil trescientos uno con 23/100 Marcos Alemanes), para el suministro de láminas del impermeabilización, tapas y peldaños metálicos en las cantidades, normas y características señaladas en los documentos respectivos que serán entregados CIF Aduana El Alto La Paz, suma que pagará SAMAPA con fondos provenientes del crédito Nº AL 869 otorgado por el Gobierno de la República Federal de Alemania, a través del Kreditanstal für Wiederctfbau, previa suscripción del contrato correspondiente con intervención del señor Contralor General de la República y la concurrencia del señor Fiscal de Gobierno

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Planeamiento y Coordinación queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GENERAL HUGO BANZER SUAREZ, El Gabinete en Pleno.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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