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DECRETO SUPREMO Nº 12439

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Fuerza Aérea Boliviana tiene como parte de su equipo militar de empleo aviones Sabre F-86F, para cuya operación y mantenimiento requiere asesoramiento técnico

 

Que, la Fuedza Aérea Argentina dispone en sus cuadros del personal especializado en este tipo de aviones, motivo por el que es necesario autorizar a la Fuerza Aérea Boliviana la suscripción de un convenio de cooperación técnica destinado a la capacitación del personal militar boliviano.

 

P O R T A N T O,

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Fuerza Aérea Boliviana la celebración de un convenio de cooperación técnica con la Fuerza Aérea Argentina, para la operación y mantenimiento de aviones Sabre F-86F, por el plazo de dos años prorrogables de mutuo acuerdo, quedando facultado su Comandante General para suscribir dicho documento en representación del Estado.

 

ARTÍCULO 2.- La Mosión de Asesores en Operaciones y Mantenimiento en aviones Sabre F-86F que destaque la Fuerza Aérea Argentina y sus familiares inmediatos gozarán de las inmunidades y prerrogativas normalmente concedidas al Cuerpo Diplomático, así como facilidades de inmigración y liberaciones de impuestos y derechos aduaneros de importación y transferencia, conforme a las disposiciones legales que rigen la materia, para la internación de vehículos, enseres de uso personal, bienes de consumo y otros destinados a uso oficial, que sean necesarios para el establecimiento y/o funcionamiento de la Misión, durante el tiempo de vigencia del convenio a que se refiere el Artículo precedente.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Defensa Nacional y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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