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DECRETO SUPREMO Nº 12395

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, como consecuencia del desarrollo urbano acelerado y el alto índice de la población de la ciudad de Santa Cruz las instalaciones donde funcionan los servicios públicos dependientes del Ministerio del Interior, Migración y Justicia, resultan insuficientes e inadecuados para atender los requerimientos de la colectividad.

 

Que, es deber de las autoridades gubernamentales velar por el cumplimiento de las disposiciones legales en los diferentes órdenes de la vida civil, dotado de las oficinas necesarias para la organización y funcionamiento de la administración pública.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia, conceder un préstamo de $b. 1.300.000.- en favor del Ministerio del Interior, Migración y Justicia, para la adquisición del Paraninfo Juvenil del Club de Leones de Santa Cruz, bajo garantía del inmueble y la obligación de pago por parte del Ministerio indicado y en el plazo de tres años, con cargo a sus “Recaudaciones Especiales”.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Facúltase al Ministerio del Interior, Migración y Justicia, para suscribir el correspondiente contrato de compra-venta directa por convenir a los intereses del Estado y ser especialmente adecuado a sus necesidades el inmueble mencionado en el artículo anterior y con la intervención de la Contraloría General de la República y Fiscalía de Gobierno.

 

ARTÍCULO TERCERO.- Para los fines mencionados en el presente Decreto, se aprueba el siguiente Presupuesto Adicional para el Ministerio del Interior, Migración y Justicia por la gestión de 1975, de acuerdo al siguiente detalle:

 

I N G R E S O S

(En pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Presupuesto

Código F u e n t e Adicional

1 9 7 5

 

 

I NACIONALES 1.300.000.-

 

3.- Crédito Interno (Banco

Central de Bolivia) 1.300.000.-

 

 

T o t a l: 1.300.000.-

 

 

E G R E S OS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Presupuesto

Código D e s c r i p c i ó n Adicional

1 9 7 5

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 1.300.000.-

 

410 INMOBILIARIOS 1.300.000.-

412. 3 Edificios 1.300.000.-

 

T o t a l: 1.300.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de abril de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suáerz, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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