DECRETO LEY Nº 12381
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Decreto-Ley Nº 11520 de 14 de Junio de 1974 crea el Instituto Nacional de Financiamiento (INDEF) como institución descentralizada, bajo la tuición del Ministerio de Finanzas, encargada de coordinar la obtención de recursos externos y controlarlos para el financiamiento del desarrollo del país.
Que, en los cambios institucionales recientemente aprobados han determinado la necesidad de efectuar los ajustes correspondientes en el Decreto-Ley Nº 11520.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANEAMIENTO,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Modifícase el Decreto-Ley Nº 11520 de 14 de junio de 1974, reemplazando los Artículos 9º, 11º y 13º del mismo, por los siguientes:
“ARTÍCULO 9º.- El INDEF será dirigido por un Directorio compuesto de los siguientes miembros:
Ministro de Finanzas
Ministro de Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República
Presidente del Banco Central de Bolivia”
“ARTICULO 11º.- Los señores Ministros de Estado a cuyo Despacho pertenezca un asunto determinado a tratar por el Directorio, concurrirán a las correspondientes sesiones con derecho a voz”.
“ARTICULO 13º.- Son atribuciones del Directorio:
Establecer la política general de actividades del INDEF;
Aprobar la estructura orgánica del INDEF;
Aprobar el plan, de tareas, la Memoria, el Balance, el Presupuesto Anual del INDEF y los informes que le presente el Director Ejecutivo;
Establecer las necesidades de crédito externo del país y autorizar al Director Ejecutivo para gestionar la obtención de los mismos;
Aprobar o rechazar las solicitudes de financiamiento que se presenten al INDEF;
Aprobar, para su consideración posterior por el Consejo de Economía y Planeamiento, los proyectos de Decreto Supremo correspondientes a los contratos de financiamiento con organismos y entidades nacionales e internacionales negociados por el INDEF;
Establecer las condiciones financieras, el trámite y la forma de los préstamos, incluyendo los de preinversión, a entidades del sector público y del sector privado en su caso;
Designar al Subdirector Ejecutivo de una terna propuesta por el Director Ejecutivo;
Aprobar los Estatutos y Reglamento Interno del INDEF, y sus modificaciones
Ejercer las demás atribuciones que le señala la Ley, los Estatutos y Reglamento Interno”.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Finanzas y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto-Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de abril de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.